viernes, 14 de marzo de 2008

ASOCIACIÓN DE UNIVERSIDADES GRUPO MONTEVIDEO PROGRAMA ESCALA ESTUDIANTIL


REGLAMENTO GENERAL DEL PROGRAMA
Capítulo 1: DE LOS OBJETIVOS DEL PROGRAMA

1. El Programa ESCALA ESTUDIANTIL de AUGM promueve la cooperación y la integración de las Universidades que la conforman, así como la internacionalización de la educación superior de la Región, a través de la promoción de la movilidad de los estudiantes regulares de graduación para cursar un periodo académico en otra universidad de la Asociación con pleno reconocimiento de la actividad académica realizada.
2. Son objetivos del Programa ESCALA Estudiantil:
a. Impulsar y fortalecer el proceso de construcción de un espacio académico común regional a través de la movilidad de estudiantes, con la convicción de que mediante la interacción y la convivencia entre alumnos y docentes de distintas universidades y países, no sólo se promoverá el intercambio académico y cultural sino también un mejor conocimiento de la diversidad y particularidades de los diferentes sistemas de educación superior instalados.
b. Promover la integración regional a nivel de la educación superior universitaria.
c. Contribuir a la internacionalización de la educación superior de la Región, mediante la construcción de un espacio ampliado e internacional de movilidad e intercambio.
d. Contribuir al desarrollo de una experiencia internacional para enriquecer la formación de los estudiantes, así como el fortalecimiento institucional, mediante el establecimiento de alianzas estratégicas y el desarrollo de actividades de intercambio entre las universidades de AUGM.
e. Contribuir a profundizar los vínculos entre los docentes participantes en la coordinación académica del Programa, base del emprendimiento de nuevas iniciativas de cooperación para el mejor desarrollo de la educación superior en el ámbito de la región.
3. El Programa permite que los estudiantes regularmente matriculados en carreras y licenciaturas en una universidad del Grupo cursen parte de sus estudios, durante un semestre lectivo, en otra universidad de un país diferente al de su residencia, previa garantía, emanada de la universidad de origen, de que se le otorgará el pleno reconocimiento académico de los estudios cursados en la universidad de destino, como avance concreto y equivalente en el plan de estudios de su propia carrera.

Capítulo 2: DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL PROGRAMA

4. El Programa permite los intercambios de estudiantes de las universidades que componen AUGM, que se encuentren cursando carreras de grado al momento de realizar la movilidad.

5. El postulado básico y fundamental del Programa es el cumplimiento del pleno reconocimiento académico por las universidades de origen de los estudios acreditados por los estudiantes en la universidad de destino. Las actividades académicas curriculares que el estudiante realiza en la universidad extranjera deben necesariamente significar un avance concreto y equivalente en el plan de estudios de su propia carrera.

6. Se define como universidad de origen a la institución en la cual el estudiante realiza sus estudios regulares, y universidad de destino a aquella en la cual realizará el semestre de estudios en el marco del Programa ESCALA Estudiantil

7. La duración de cada intercambio es de un semestre/cuatrimestre académico. En situaciones especiales, y cuando las universidades de origen y de destino así lo acuerden, la duración puede extenderse a un año académico completo.

8. La selección de los estudiantes es realizada por cada universidad de origen, debiéndose garantizar la igualdad de oportunidades para todos los aspirantes. En todos los casos, se debe aplicar el procedimiento del concurso de méritos y entrevistas, en el que los postulantes deben presentar sus antecedentes académicos, escolaridad y certificación de otros requisitos que cada universidad considere pertinentes. Cada universidad puede definir la modalidad de realización de la convocatoria e inscripción, la cual podrá ser realizada en forma individual por cada Centro o Facultad, o por una convocatoria única en toda la Universidad.

9. Los estudiantes que se postulen deberán estar matriculados como alumnos regulares en la universidad de origen, tener aprobado por lo menos el 40% de la carrera o licenciatura que cursan, ser menores de 30 años y no ocupar cargos docentes.

10. La AUGM podrá firmar acuerdos con otras Instituciones, Redes y Universidades a fin de promover la movilidad estudiantil entre sus Universidades miembro y otras Instituciones no pertenecientes al Grupo. Para ello, utilizará la base de organización del Programa ESCALA Estudiantil, al que se incorporarán los intercambios que se acuerden.

11. Las universidades deberán respetar y hacer respetar a sus estudiantes el cronograma elaborado por la Secretaría General para el Programa, así como los cronogramas académicos del resto de las universidades.

Capítulo 3: DE LAS PAUTAS ACADÉMICAS Y DE FUNCIONAMIENTO DEL PROGRAMA

12. El Programa ESCALA Estudiantil está basado en la reciprocidad entre las universidades participantes. Por ello, cada universidad de AUGM envía semestralmente el mismo número de estudiantes que recibe. El intercambio se podrá realizar con cualquier otra universidad del Grupo, siempre que sea de un país distinto.

13. Para cada año, las universidades deben determinar el número de plazas que ofrecen (distribuidas en los dos semestres del año), con un mínimo de diez plazas por año. Luego, la Secretaría General, en acuerdo con las Universidades, define el esquema de intercambios para el período considerado.

14. Los intercambios pueden realizarse en la misma ó en diferentes carreras o licenciaturas, y se rigen por el criterio general de asegurar un razonable equilibrio de áreas temáticas de formación en el intercambio global, así como en la promoción de la diversificación de los vínculos por área de conocimiento entre las universidades miembros del Grupo.

15. Cada universidad debe designar un coordinador institucional en el Programa ESCALA Estudiantil, en la persona del delegado asesor ante la AUGM. Además, debe designar un coordinador académico por cada carrera ofrecida en el intercambio

16. La coordinación general del Programa es responsabilidad de la Secretaría General de AUGM.

17. El Coordinador Institucional de cada Universidad es la persona responsable que debe velar por el cumplimiento de este Reglamento y por la coordinación de todos los aspectos operativos del Programa en ámbito de su Institución.

18. El Coordinador Académico tiene las siguientes funciones y tareas:
a. Toma contacto con el coordinador académico de la universidad contraparte, a fin de facilitarle toda la información necesaria sobre planes de estudio, contenidos curriculares, calendarios académicos, etc. de su universidad, así como coordinar en forma conjunta (con el otro coordinador y el propio estudiante) las actividades que el alumno de su universidad realizará en el intercambio.
b. confeccionar el plan de estudios a desarrollar por el estudiante, y expresarlo en el Contrato de Estudios. Esta tarea debe realizarla en acuerdo con el propio estudiante
c. Efectuar el seguimiento del estudiante de su universidad durante su experiencia en la universidad de destino, asesorándolo en temas académicos, ayudándolo a reelaborar su plan de estudios si fuera necesario (modificación al contrato de estudios), e informando al Coordinador Institucional sobre algún problema que se le plantee al estudiante.
d. Promover la rápida acreditación de los estudios cursados por el estudiante al regreso a su Universidad, respetando el Contrato de Estudios respectivo.
e. Recibir al estudiante que llegue a su universidad, presentándolo a la Unidad Académica, procurando una rápida inserción del estudiante extranjero en los cursos respectivos, y una rápida habilitación al uso de las instalaciones.
f. Realizar un seguimiento del estudiante extranjero durante su estadía, orientándolo en todos los aspectos académicos que así lo ameriten.
g. Al momento de definir el Plan de Estudios que cada estudiante realice en la Universidad de Destino, el Coordinador Académico debe verificar que dicho plan de trabajo represente al menos un porcentaje importante de carga horaria y dedicación del correspondiente al plan de actividades que el Currículo de la Carrera o Titulación requiere a un estudiante medio a fin de cumplir la misma en la duración estipulada.

19. Los estudiantes seleccionados para participar del Programa ESCALA Estudiantil deben presentar un plan de estudios de las disciplinas o asignaturas que deseen cursar en la universidad de destino, así como las que pretenden le sean reconocidas en su propio plan de estudios. La propuesta debe ser presentada en un formulario específico denominado Contrato de Estudios, y tiene que ser acordada por los coordinadores académicos de las unidades académicas de las dos universidades participantes. Dentro del plan acordado, el estudiante puede incluir asignaturas de carácter optativo, trabajo final u otras actividades académicas, además de las específicas de su carrera, siempre en acuerdo con los coordinadores académicos de las universidades de origen y destino.

20. Los estudiantes que participen del Programa ESCALA Estudiantil deberán realizar un plan de trabajo que signifique un porcentaje importante de carga horaria y de dedicación del correspondiente al plan de actividades que el Currículo de la Carrera o Titulación requiere a un estudiante medio a fin de cumplir la misma en la duración estipulada.

21. La universidad de origen debe suscribir, en forma previa a que su estudiante se movilice, un compromiso institucional por el cual se obligue a reconocer los estudios cursados y comprometerse a acreditarlos en el expediente académico del estudiante. Para ello, la máxima autoridad de la unidad académica debe aprobar con su rúbrica el Contrato de Estudios, que contiene el plan de estudios a realizar por el estudiante, el cual debe haber sido previamente acordado por el alumno con los coordinadores académicos de ambas universidades. Posteriormente, a su regreso, el estudiante debe presentar el certificado de estudios expedido por la universidad de destino, el cual se debe acreditar en forma automática en el expediente académico del alumno.

22. Las universidades de destino deben emitir el Certificado de Estudios al finalizar el período de intercambio, en forma previa al regreso del estudiante a su país de origen.

23. Las universidades deben abordar con flexibilidad y amplitud el sistema de reconocimiento de los estudios cursados en el marco del Programa ESCALA Estudiantil, sobre la base de contenidos globales que cumplan con similares objetivos académicos y de formación. Para ello, el reconocimiento de estudios debe asentarse sobre los siguientes principios:
a. Confianza entre las instituciones, cimentado en el conocimiento mutuo entre las entidades docentes participantes y el reconocimiento de la calidad de la enseñanza que imparten.
b. Transparencia informativa, para que las universidades participantes dispongan de un amplio conocimiento de las universidades contrapartes. Para ello, las universidades deberán intercambiar la más amplia información posible, que debe incluir planes de estudio, calendarios académicos, programas de las asignaturas que habrán de ser cursadas, organización de la docencia, sistemas de calificación y posibles equivalencias.
c. Flexibilidad, concebida como la propia esencia del Programa ESCALA Estudiantil, teniendo en cuenta las diferencias organizativas resultantes de la disimilitud de planes de estudio, sistemas de calificación y métodos de aprobación de las asignaturas entre las diferentes universidades integrantes del sistema, sin perjuicio de la compatibilidad en términos de calidad de los estudios.

24. Para la transferencia de las calificaciones obtenidas en los estudios realizados en la Universidad de destino a la Universidad de origen, se debe utilizar la siguiente Tabla de Equivalencias:
En el caso que al momento de la conversión de notas las opciones sean más de una, se debe adoptar la calificación mayor. En el Certificado de Estudios, la universidad de destino debe incluir en cada asignatura la calificación obtenida por el estudiante según su propia escala de calificaciones. La universidad de destino debe utilizar la presente Tabla de Equivalencias de Calificaciones para convertir las calificaciones obtenidas por el estudiante al sistema vigente en ella.

25. El reconocimiento es obligatorio en el marco del Programa ESCALA Estudiantil y la universidad debe respetar el contrato de estudios firmado por los estudiantes en forma previa a la movilidad.
Capítulo 4: DEL FINANCIAMIENTO DEL PROGRAMA

26. El Programa se financia de la siguiente forma, teniendo en cuenta que cada universidad es a la vez institución de origen y de destino:
a. La universidad de origen debe financiar el costo del traslado y, de acuerdo con sus posibilidades presupuestales, otorgar a cada estudiante una ayuda económica para gastos menores,
b. La universidad de destino debe financiar, durante todo el período de su estadía, el alojamiento y alimentación de los estudiantes que recibe. Además, debe exceptuar a los estudiantes del Programa de todo arancel relacionado a la actividad académica acordada entre las universidades y el estudiante.
c. El estudiante debe afrontar los gastos que demande obtener la visa respectiva, contratar un seguro de vida, accidente, salud y repatriación y demás erogaciones personales no cubiertas por el financiamiento de las universidades, durante el período que dure la movilidad.
d. La Secretaría General debe gestionar la afectación de recursos económicos adicionales provenientes de otros organismos de carácter nacional ó internacional, que permitan cubrir al menos parcialmente la inversión que realizan las universidades y los estudiantes.


Capítulo 5: DE LOS COMPROMISOS DE LAS PARTES

27. La Secretaría General de AUGM asume las siguientes obligaciones:
a. Informar adecuadamente al Consejo de Rectores sobre la marcha del ESCALA Estudiantil, y coordinar la ejecución de las resoluciones que en ese ámbito adopte dicho Consejo.
b. Asumir la coordinación general del Programa y facilitar la comunicación entre las universidades, los coordinadores institucionales, los coordinadores académicos y los estudiantes.
c. Centralizar y elaborar la información del sitio web del Programa y mantenerlo actualizado.
d. Determinar y regular el cumplimiento del cronograma de actividades correspondiente a los intercambios del semestre.
e. Coordinar la búsqueda de acuerdos entre las universidades relativo a las carreras y a las instituciones para las plazas ofrecidas en los intercambios del período respectivo.
f. Diseñar, actualizar y distribuir los formularios necesarios para la ejecución del Programa.
g. Participar, junto con las universidades del Grupo, en la búsqueda de financiamiento adicional al aporte propio, con el objetivo de aumentar la participación del mayor número posible de estudiantes en el Programa.
h. Elaborar los proyectos de solicitud de financiamiento adicional que, previa aprobación, serán presentados a las entidades que administran esos fondos; firmar, de acuerdo con las previsiones estatutarias relativas a la representación vigentes, los acuerdos institucionales correspondientes y mantener los enlaces necesarios con esos organismos para el seguimiento de la ejecución de las contribuciones y el cumplimiento de las condiciones que los mismos establezcan.
i. Participar en las gestiones entabladas ante las autoridades del MERCOSUR para obtener una mayor flexibilidad en el trámite de expedición de las visas estudiantiles y su gratuidad.
j. Coordinar la evaluación del Programa y proponer medidas para mejorar su funcionamiento.

28. De acuerdo con la forma de funcionamiento y la característica de reciprocidad del Programa, cada universidad participante es, a la vez, universidad de origen y universidad de destino.

29. En su calidad de universidad de origen, cada institución participante se compromete a:
a. Dar amplia difusión al Programa ESCALA Estudiantil entre sus unidades académicas y población estudiantil.
b. Comunicar a las unidades académicas correspondientes las plazas que ofrecen las universidades de destino para el intercambio semestral de alumnos.
c. Designar en tiempo y forma a los coordinadores académicos de las áreas de conocimiento ofrecidas para enviar sus estudiantes; instruir a los coordinadores sobre los términos del Programa y remitir sus datos personales a las universidades de destino y a la Secretaría General. d. Mantener una fluida comunicación con las universidades de destino, tanto al nivel de la coordinación institucional como al nivel de la coordinación académica, antes de iniciarse el semestre respectivo así como durante su curso.
e. Difundir, del modo más amplio posible, las convocatorias para la postulación de sus estudiantes.
f. Seleccionar, mediante concurso de méritos y entrevistas, un estudiante titular y dos suplentes para cada plaza ofrecida. Además de considerar los antecedentes académicos, escolaridad y certificación de otros requisitos que cada universidad estime pertinentes, se considerará también las motivaciones personales para participar en el Programa.
g. Informar a los estudiantes seleccionados acerca de los objetivos del Programa y su funcionamiento, de los derechos de que están asistidos y de los compromisos que asumen, de los trámites necesarios para obtener la visa, de los fondos de ayuda económica disponibles y de las personas de contacto tanto en su universidad como en la de destino.
h. Definir con cada uno de los estudiantes y bajo la supervisión de los coordinadores académicos de las dos universidades comprometidas, el plan de estudios que el alumno cursará.
i. Determinar en detalle el reconocimiento de las asignaturas cursadas y los trabajos realizados por el estudiante al amparo del Programa y su acreditación a título de avance en su carrera, contra presentación del Certificado de Estudios extendido por la universidad de destino.
j. Procurar, en el marco de las posibilidades de cada Institución, proporcionar a sus estudiantes un curso abreviado de idioma español o portugués, según corresponda.
k. Remitir en los plazos previstos los formularios AUGM EE al coordinador institucional y al académico de la universidad de destino, y a la Secretaría General, con la información requerida y firmados por la máxima autoridad de la unidad académica respectiva, el coordinador institucional y el académico, así como el estudiante titular de la movilidad.
l. Supervisar el cumplimiento de la obligación inherente al estudiante de contratar, con anterioridad a su partida, un seguro de accidente, enfermedad y repatriación con cobertura por la totalidad del período correspondiente.
m. Remitir a la Secretaría General, cuando corresponda, los recibos –institucional y de los estudiantes- correspondientes a los fondos de ayuda económica externa que le fueran entregados.
n. Apoyar al estudiante seleccionado para participar en el Programa en todo lo relativo a los trámites de obtención de su visa, y entregarle en la oportunidad debida la ayuda económica asignada para pagar el pasaje y los gastos menores de su estancia en el exterior.
o. Organizar un servicio informativo destinado a los estudiantes extranjeros referido a hospedaje, clima, medios de transporte, aspectos culturales y de seguridad, etc. a hacer llegar a los mismos en forma previa a su viaje (mediante página web, e-mail, etc.). Al mismo tiempo, se recomienda realizar actividades de recepción de los estudiantes, del tipo Jornadas de Bienvenida a la Universidad.
p. Participar en la aprobación de las eventuales modificaciones al plan de estudios acordado, que se realicen en la universidad de destino.
q. Realizar actividades de evaluación de la experiencia del intercambio así como recomendar a las universidades que organicen actividades de difusión del Programa ESCALA Estudiantil entre la comunidadde estudiantes.

30. En su calidad de universidad de destino, cada institución participante se compromete a:
a. Determinar, en las fechas establecidas por la programación, el número de plazas y la nómina de carreras o licenciaturas que ofrece durante el semestre que corresponda para recibir a los estudiantes del Programa.
b. Designar en tiempo y forma a los coordinadores académicos para cada una de esas plazas, instruirlos sobre el contenido del Programa, y remitir sus datos a las universidades de origen como a la Secretaría General.
c. Publicar en su sitio web los planes de estudio de las carreras y licenciaturas ofrecidas en el marco del Programa y comunicar los enlaces (links) respectivos a la Secretaría General.
d. Enviar, con la suficiente antelación, las cartas de aceptación de los estudiantes que participan en el Programa a sus universidades de origen, con copia a la Secretaría General, de manera de permitir realizar las gestiones de viaje en forma previa al inicio del semestre.
e. Comunicar rápidamente a las universidades de origen sobre toda modificación en los requisitos establecidos por su país para expedir la visa estudiantil e interceder, ante sus autoridades nacionales, para que impriman una mayor flexibilidad a su trámite y una disminución considerable en su costo y aún su gratuidad.
f. Trasmitir a las universidades de origen, con suficiente antelación, las fechas de inicio y finalización de las clases para el semestre correspondiente, en las unidades académicas involucradas.
g. Proporcionar alojamiento y alimentación a los estudiantes movilizados, procurando su acceso a las áreas de uso común que frecuenten los estudiantes locales, a fin de contribuir al proceso de integración. En cuanto a la alimentación, se debe asegurar el cubrimiento durante los siete días de la semana, incluyendo el desayuno.
h. Publicar en su sitio web la información necesaria para los estudiantes externos que participan en el Programa, entre otras: características de la ciudad (clima, costo de vida, cambio de moneda) y de las instalaciones universitarias; trámites de matriculación; actividades sociales, deportivas y recreativas en el ámbito universitario; condiciones de alojamiento y manutención; contactos institucionales (coordinador institucional, oficina de referencia); requisitos para obtener la visa; fecha de inicio del período lectivo; y comunicar el enlace (link) a la Secretaría General.
i. Recibir a los estudiantes a su arribo a la ciudad y orientarlos en su instalación inicial; presentarlos al equipo docente y a los compañeros del curso.
j. Realizar el seguimiento académico y la tutoría de los estudiantes movilizados y facilitarles el acceso al material didáctico necesario, así como su integración en todas las actividades académicas, recreativas y sociales en las que participen los estudiantes regulares.
k. Mantener una comunicación periódica, durante la permanencia de los estudiantes que reciba, con la coordinación institucional y académica de las universidades de origen.
l. Expedir los certificados de estudios con anterioridad a la partida de los estudiantes amparados por el Programa, los que deberán lucir las firmas de las máximas autoridades de la unidad académica y de la universidad, el detalle de asignaturas cursadas y actividades académicas desarrolladas, los resultados académicos obtenidos, y la descripción del sistema de calificación utilizado, así como su equivalencia, de acuerdo con la Tabla de Equivalencia de Calificaciones adoptada de común acuerdo por las partes.

31. Los estudiantes que sean seleccionados para participar del Programa se comprometen a:
a. Tener presentes los objetivos del Programa ESCALA Estudiantil en todo momento y recordar al mismo tiempo las responsabilidades inherentes a la representación de su universidad y de su país de que de hecho quedan investidos, y actuar en consecuencia.
b. Cumplir con el plan de estudios acordado, ya sea en su versión original o de acuerdo con las modificaciones posteriores que se le introdujeren en la universidad de destino.
c. Completar las actividades exigidas en el programa de estudios de la carrera que cursen en la universidad de destino, asistir regularmente a clase, y participar en todas las actividades de seguimiento, control, evaluación y de carácter administrativo establecidas por dicha universidad.
d. Comunicar al coordinador académico de su universidad de origen las eventuales modificaciones en el plan de estudios previamente acordado.
e. Responder a las consultas que las instituciones vinculadas al Programa le dirijan, participar en reuniones relacionadas a los objetivos de aquél o destinadas a difundir información sobre sus resultados, completar encuestas de evaluación, entre otras actividades de naturaleza similar.
f. Gestionar y financiar la visa estudiantil en tiempo y forma.
g. Contratar un seguro de accidente, enfermedad y repatriación que cubra las contingencias que puedan producirse durante su período de permanencia en la universidad de destino, incluyendo los viajes de ida y regreso. Ningún estudiante será autorizado a salir de su universidad de origen si no dispone de este seguro, el cual deberá acreditar ante ella.
h. Asumir personalmente la responsabilidad de los daños que sufrieren y de los perjuicios que causaren durante su participación en el Programa y que no estén cubiertos por el seguro contratado y relevar expresamente de esa responsabilidad a las instituciones participantes y al Programa mismo.
i. Cumplir con las exigencias sanitarias (vacunación, etc.) establecidas por los países de destino.
j. Proporcionar a la universidad de origen y de destino sus antecedentes de salud para su mejor atención ante cualquier contingencia: intervenciones quirúrgicas, alergias, tratamientos en curso, medicación actual, vacunas y demás información que considere pertinente.
k. Incluir en el formulario AUGM-EE los teléfonos y direcciones de sus familiares directos, además de su propio correo electrónico.
l. Presentarse en la universidad de destino en las fechas estipuladas por la Institución.
m. Participar en aquellas actividades de difusión y socialización de las experiencias del Programa ESCALA Estudiantil que su universidad organice.

ANEXO 1

PROGRAMA ESCALA ESTUDIANTIL

FORMULARIOS OFICIALES DE GESTIÓN DEL PROGRAMA
PROGRAMA ESCALA ESTUDIANTIL DE LA AUGM
CONTRATO DE ESTUDIOS


Año 200________ Semestre __________
UNIVERSIDAD DE ORIGEN: _______________________________________________________________
Coordinador Institucional: _______________________________ e-mail: ___________________________
Coordinador Académico: __________________________________________________________________
Tel.: __________________ e-mail: _____________________________________
UNIVERSIDAD DE DESTINO: _______________________________________________________________
Coordinador Institucional: ________________________________ e-mail: __________________________
Coordinador Académico: __________________________________________________________________
Tel.: ___________________ e-mail: ____________________________________
ÁREA DE ESTUDIO: _______________________________________________________________________
Fechas de la Estadía: desde _____________________ hasta _______________________


1. DATOS PERSONALES DEL ALUMNO
APELLIDOS: ________________________________ NOMBRE: ______________________________
Fecha de nacimiento: ______________________ Pasaporte/DNI/C.I.: _________________________
Sexo: ______________ Nacionalidad: ______________ Lugar de nacimiento: ____________________
Tel.: _____________________________ e-mail: ____________________________________________
Dirección familiar (calle, ciudad, código postal, país, teléfono, e-mail): ____________________________
____________________________________________________________________________________
____________________________________________________________________________________
2. CONFORME DEL ESTUDIANTE

El estudiante firmante se compromete a cursar el Programa de Estudios acordado en este documento en las fechas indicadas.
Deberá comunicar a su Universidad de Origen todo cambio en el programa acordado, que estará sujeto a la aprobación de los Coordinadores de las respectivas Universidades (de Destino y de Origen)
Asimismo, se compromete a regresar a su Universidad de Origen finalizado el período de movilidad.
El firmante declara estar amparado durante su estadía en el exterior por el Seguro de Vida, Accidente y Enfermedad:
Nombre de la Compañía: ___________________________________________ N° de Póliza __________________.
El incumplimiento de lo anteriormente expuesto podrá ser considerado como causa de la finalización del intercambio.

Lugar y fecha: ____________________________ Firma del alumno: _______________________________________

Nombre: ____________________________________________



FORM-AUGM/EE2
PROGRAMA ESCALA ESTUDIANTIL DE LA AUGM
COMPROMISO PREVIO DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO
CONTRATO DE ESTUDIOS

3. ASIGNATURAS O TRABAJOS A CURSAR EN LA UNIVERSIDAD DE DESTINO

Universidad: _______________________________ Carrera: ___________________

Denominación
Horas semanales o créditos


4. ASIGNATURAS O TRABAJOS A RECONOCER EN LA UNIVERSIDAD DE ORIGEN
Universidad:_______________________________Carrera:___________________________
Denominación
Horas semanales o créditos


5. COMPROMISO PREVIO DE RECONOCIMIENTO ACADÉMICO (Universidad de Origen)
Como Coordinador Académico de la Universidad_________________________________
de la AUGM, doy mi conformidad a la movilidad del estudiante _____________________.
El mismo cursará la asignaturas relacionadas en el punto 3 de este documento y le serán reconocidas por las asignaturas que figuran en el punto 4, siempre y cuando supere los exámenes o pruebas de la Universidad de Destino
Firma del Coordinador Académico Firma y Sello de la autoridad competente
(Decano o Rector)


Nombre____________________________Nombre:__________________________________


Fecha_________________________________Fecha:______________________________



Nombre y firma del Coordinador Institucional: _______________________________


PROGRAMA ESCALA ESTUDIANTIL AUGM
FORM AUGM/EE 3Modificaciones al Contrato de Estudios Aprobado Inicialmente


Semestre: _____ de 20_­___

Nombre del Estudiante:___________________________ Pasaporte/DNI:____________

NUEVAS ASIGNATURAS A CURSAR EN LA UNIVERSIDAD: _(Universidad de Destino)_ Carrera/Licenciatura: ____________________________________
Asignatura/s Anulada/s
Asignatura/s Añadida/s
Horas semanales o créditos

NUEVAS ASIGNATURAS A RECONOCER EN LA UNIVERSIDAD: (Universidad de Origen) Carrera/Licenciatura: __________________________________________
Asignatura/s Anulada/s
Asignatura/s Añadida/s
Horas semanales o créditos

ACEPTACIÓN UNIVERSIDAD DE DESTINO
Confirmamos que las modificaciones anteriormente detalladas al Contrato de Estudios inicialmente acordado han sido aceptadas.

Nombre de la Universidad:_______________________________________

Nombre del Coordinador Académico:______________________________


Firma del Coordinador Académico:_______________________ Fecha: _______________

ACEPTACIÓN UNIVERSIDAD DE ORIGEN
Confirmamos que las modificaciones anteriormente detalladas al Contrato de Estudios inicialmente acordado han sido aceptadas.

Nombre de la Universidad:_______________________________________

Nombre del Coordinador Académico:______________________________


Firma del Coordinador Académico:__________________________ Fecha: ____________

Firma del Estudiante: ______________________________ Fecha:______________

ANEXO 2
PROGRAMA ESCALA ESTUDIANTIL
RECOMENDACIONES SOBRE METODOLOGÍAS PARA EL RECONOCIMIENTO DE ESTUDIOS.

Según la experiencia recogida en los programas de movilidad estudiantil con reconocimiento de estudios, surgen cuatro metodologías para abordar el reconocimiento., a saber:
§ Por asignaturas, que supone el examen asignatura por asignatura de los planes de estudio de las carreras de las diferentes universidades que van a participar del intercambio. La máxima rigidez implicaría reconocer únicamente aquellas asignaturas con programas iguales o con igualdad en un 80 o 90% de sus contenidos. Un sistema más flexible consideraría reconocibles asignaturas de nombres iguales o equivalentes y admitiría el reconocimiento en esos casos. Entre ambos extremos puede ensayarse cualquier tipo de solución intermedia.
§ Por créditos u horas lectivas, que consiste en reconocer el número de créditos cursados en la universidad de destino sin tener en cuenta asignaturas concretas. Este método supone una cuota elevada de recíproca confianza entre las instituciones participantes y de seguridad en la labor del coordinador académico. La gran ventaja del sistema radica en su sencillez y flexibilidad, ya que el alumno y el coordinador académico pueden decidir qué asignaturas serán reconocidas en la universidad de origen. La presente opción es la que predomina en las universidades europeas, en aplicación de los programas Sócrates-Erasmus y Séneca.
§ Por Tablas de Equivalencia, metodología de carácter intermedio entre las anteriores, que consiste en la elaboración de una tabla, utilizando la máxima flexibilidad posible, donde se reflejan las asignaturas de la universidad de destino susceptibles de ser reconocidas en la universidad de origen.
§ Por bloque semestral completo, de condición aún más flexible que el de créditos, en tanto no requiere un trabajo previo de análisis por parte del coordinador académico, y facilita la matriculación del alumno, quien se limita a inscribirse en las asignaturas que corresponden al semestre que va a cursar.

Los integrantes del Núcleo Disciplinario de AUGM sobre Educación para la Integración, sugieren considerar también el reconocimiento por competencias, en cuya formulación resulta conveniente indicar las capacidades generales que el estudiante debe lograr como resultados de aprendizaje; reflejar el mayor nivel posible de integración de los aprendizajes; y determinar las situaciones o prácticas sociales de referencia como contexto del desempeño que señala la competencia.

Aprobado en la XLVI Reunión del Consejo de Rectores de AUGM, Universidad Nacional de Asunción, 13 y 14 de noviembre de 2006.

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